A partir del 1 de julio de 2024 los Sistemas Informáticos de Facturación (SIF) deberán garantizar la inalterabilidad e integridad de los registros, su trazabilidad mediante encadenamiento, y su conservación, accesibilidad y legibilidad durante el periodo estipulado en la Ley General Tributaria.
La facturación es un componente crítico en cualquier negocio, y el sistema informático que la gestiona debe cumplir con ciertos requisitos y regulaciones. Estos sistemas, conocidos como Sistemas Informáticos de Facturación (SIF), han visto recientemente una serie de modificaciones en sus requerimientos según el Reglamento aprobado por Real Decreto.
¿Qué es un sistema VERI*FACTU?
Los sistemas informáticos de facturación (SIF) que remiten de manera electrónica todos los registros de facturación a Hacienda.
¿Qué ha Cambiado?
Las actualizaciones más significativas exigen que todas las facturas expedidas por los SIF contengan un código QR con algunos datos de la factura, según las especificaciones que se determinarán en la Orden Ministerial (OM) correspondiente. Si se trata de una factura electrónica, el contenido que representa el QR puede reemplazar al mismo. Además, si los sistemas son VERI*FACTU, deben indicarlo con una frase específica.
Los responsables de emitir facturas deberán adaptar sus SIF a los nuevos requisitos antes del 1 de julio de 2024. Por otro lado, los productores y comercializadores de SIF tienen hasta nueve meses después de la entrada en vigor de la OM para ofrecer sus productos adaptados a este Reglamento.
Clarificación y Definiciones
El Reglamento incluye tanto facturas completas como simplificadas dentro de su definición de factura. En cuanto a los SIF, estos se definen como la combinación de hardware y software utilizada para emitir facturas a través de diversos métodos.
Además, los SIF deben garantizar tres aspectos clave de los registros de facturación:
- Integridad e Inalterabilidad: Los registros, una vez generados, no pueden ser modificados sin que el SIF lo detecte y emita una alerta.
- Trazabilidad: Los registros deben estar encadenados para poder rastrear cualquier alteración.
- Conservación, Accesibilidad y Legibilidad: Los registros deben ser guardados, accesibles y legibles por el mismo período de tiempo que se indica en la Ley General Tributaria.
Cambios en los Sistemas VERI*FACTU
A los sistemas VERI*FACTU se les asume que cumplen por diseño con todos los requisitos del artículo 8, que incluyen garantías de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros. Adicionalmente, estos sistemas están exentos de realizar requerimientos posteriores de los registros de facturación a conservar, ya que estos ya se encuentran en poder de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).
En resumen, estos cambios proporcionan una mayor transparencia y seguimiento de las transacciones facturadas. Asegurarse de cumplir con los nuevos requisitos de facturación será esencial para todos los negocios. Es importante trabajar con un proveedor de SIF que esté actualizado y cumpla con estos requisitos para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones fiscales.
Si estás interesado en conocer qué softwares cuentan con el sistema Verifactu para optimizar la facturación y gestión de documentos en tu negocio, te invitamos a consultar nuestro otro blog. Allí encontrarás información detallada sobre las diferentes herramientas que incorporan este sistema y cómo pueden ayudarte a mejorar la eficiencia y organización de tu empresa.
-> Mejores softwares para cumplir con el sistema verifactu